lunes, 19 de noviembre de 2012

¿HAY O NO HAY REFORMA DE LA LEY DE PROPIEDAD INTELECTUAL?

Es evidente que debe haber una reforma de algunos artículos que reformaron la Ley de Propiedad Intelectual, en concreto de la regulación que la famosa Ley Sinde hizo de la compensación por copia privada, ya que el llamado canon digital ha sido considerado ilegal por parte de los tribunales europeos, al ser impuesto en soportes de reproducción que se utilizan para usos profesionales o empresariales, no únicamente para reproducciones o copias privadas de contenidos protegidos por los derechos de autor.

En los últimos días, además, debido a la filtración de un posible borrador de Real-Decreto Ley de reforma de la ley de propiedad intelectual, se ha escrito abundantemente sobre la posibilidad de que el Gobierno quiera cambiar el art. 158 bis de la LPI, para exigir que los prestadores de servicios (a través de sus páginas web o portales) que ofrezcan o pongan a disposición contenidos sujetos a derechos de propiedad intelectual de titularidad de terceros, deban estar autorizados expresamente por esos titulares de derechos. En el caso en que publiquen o difundan contenidos protegidos sin autorización de sus titulares podrán ser sancionados con multas y con el cierre de la página web.

A través de un comunicado de día 10 de noviembre, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte se ha apresurado a desmentir esta reforma, aunque lo cierto es que sí se ha previsto una modificación de la ley de propiedad intelectual mediante un Real Decreto que regule de qué manera se va a pagar la compensación por copia privada a los autores. Según el borrador publicado en la propia página de este ministerio, el pago se hará con cargo a los presupuestos generales del Estado, se hará a las Entidades de Gestión implicadas, quienes deberán remitir la forma de distribución y los criterios detallados de dicha distribución sobre las cantidades recibidas por sus miembros, en el plazo ordenado por resolución del Ministerio de Cultura.

Un par de opiniones sobre este tema: si esta es la reforma que van a realizar, estaría bien que toda esta información fuera de acceso público, ya que las entidades de gestión han jugado durante mucho tiempo al ocultismo, incumpliendo las propias obligaciones de publicar cuentas anuales y liquidaciones, por lo que si ahora el pago del canon por copia privada está en manos públicas sería bueno que los ciudadanos pudiéramos acceder a toda la información que recibirá el ministerio de las entidades de gestión colectiva.

En segundo lugar, el grueso de la polémica en torno a la reforma de la ley de propiedad intelectual se ha producido por esa supuesta modificación para controlar los contenidos que se cuelgan o publican en las páginas web. En realidad, esa obligación de que el titular de un contenido protegido autorice expresamente que en una página web se publique dicho contenido, ha existido siempre. Que entre los contenidos protegidos no se encuentran, por ejemplo, los enlaces, se debe a que un enlace forma parte del límite al derecho de cita o al de reseña, salvo que el titular de los derechos manifieste lo contrario a la posibilidad de enlazar su contenido en otra página web.

Y aunque por ahí van los tiros- leer la entrada anterior de fecha 13 de noviembre - en el sentido en que se están visualizando en toda Europa intentos de regular a los buscadores de noticias, pero el sentido común nos dice a los titulares de páginas web que es mejor que el autor o titular de un contenido nos permita, aunque sea verbalmente, colgar en nuestra página web su contenido, insertar un enlace a su web o, aún con más razón, hacer mención de sus datos o información personal.

Que todo lo que se sube a internet sea público y de uso libre no es cierto. Que haya autores y titulares que permiten ese uso libre es tan loable como que haya otros que no lo permitan y su actitud sea la de exigir que se les consulte o pida permiso para ello. El problema es que las entidades de gestión colectiva han criminalizado actitudes, en su beneficio, sin dar opción a negociar,a llegar a un acuerdo o a acercar posturas.  Sí que estamos en contra de esa postura inmovilista que de una vez por todas debe cambiar, me refiero a la postura de las entidades de gestión.

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